miércoles, 3 de mayo de 2017

¿Qué Ley de Cine y para qué?



Por Christian Wiener Fresco





De alguna manera, las legislaciones sobre cinematografía son el resultado de una ecuación entre lo que lo que los cineastas desean y lo que las autoridades de turno están dispuestas a aceptar, convirtiéndose en una forma de medir lo que el Estado, en tanto representante de la sociedad, considera que pueden aportar respecto a su cine y cultura en general.

Por ejemplo, el Decreto Ley 19327 de los tiempos de Velasco respondió a una visión industrialista de las películas, casi de sustitución de importaciones, apoyada en un discurso nacionalista de construcción de un mercado propio.  Por eso apostó a que la producción peruana recuperara su inversión y obtuviera ganancias con la taquilla local más la cesión de los impuestos municipales que gravaban el boleto, garantizando su acceso a las salas de exhibición de forma obligatoria, cuando menos una semana. La fórmula funcionó  mientras hubo un Estado firme y una economía en expansión. Pero al llegar la crisis de los ochenta, que golpea duramente el viejo negocio cinematográfico, la ilusión industrialista parece haber llegado a su límite, de lo que se vale el emergente discurso neoliberal para liquidar la ley después del autogolpe de Fujimori en 1992.

Ante los reclamos de los cineastas, el gobierno fujimorista promulga el 94 la Ley 26370 que propone que la actividad cinematográfica sea asumida exclusivamente como cultural, con subsidios del Estado para la producción a fondo perdido, y sin intervención en el sacrosanto libre mercado de las salas cinematográficas (que en esos momentos se estaba recomponiendo en las cadenas de multisalas), dejando a los productores al libre albedrio de la negociación con los  empresarios exhibidores. El resultado, luego de un accidentado periplo de más de veinte años con regateo presupuestal, y las modificaciones posteriores de la Ley 29919, es la situación actual de una mediana producción sustentada en los premios de los concursos, al lado de algunos títulos con figuras mediáticas hechos para la taquilla, y otra producción más marginal, tanto de Lima como el interior del país, valiéndose de las nuevas tecnologías del video digital.

Pues bien, ahora el Ministerio de Cultura luego de larga espera nos anuncia un nuevo Anteproyecto de  Ley de la Cinematografíay el Audiovisual, y la primera pregunta que nos asalta al respecto es ¿qué propuesta tiene sobre el rol del Estado en la cinematografía? ¿qué propone para el futuro del cine peruano?  A pesar que ahora se quiera negar la criatura, es innegable que el anteproyecto presentado resulta en cuanto a estructura  una continuidad del que se elaboró entre el 2011 y 2012 en el Ministerio de Cultura con participación de los gremios, que a su vez tomaba como base experiencias de otros países así como  proyectos previos en el Perú que datan desde el 2001.

Sin embargo, en el camino parece que la propuesta se aligero tanto para quedar bien con todos que resulta casi irreconocible en aspectos sustanciales. Lo peor es no haber tomado en cuenta los cambios en la cinematografía peruana en los últimos años por múltiples factores (aplicación de los fondos establecidos en la Ley, democratización de las tecnologías digitales, introducción de estrategias de marketing y “product placements”) que plantean nuevas prioridades para el sector frente a los desafíos de hace algunos años. En efecto, luego de estar produciendo un promedio de cerca de cincuenta películas al año en los últimos cuatro, el desafío principal del momento no parece consistir en seguir aumentando el ritmo de producción de películas, y más bien lograr que estas lleguen a las salas, y puedan ser vistas en las mejores condiciones, no solo las abiertamente comerciales sino todas, incluso las más exigentes y experimentales.  Al lado de ello, y dadoque se trata de una ley de cultura, patrocinada por la máxima autoridadpolítica del país en la materia, debería ocupar un rol central lo concernientea la preservación del patrimonio audiovisual y la formación cultural, como lo señalamos en una nota anterior.

Un avance significativo sería si logran conseguir doblarles el brazo a los tecnócratas del MEF, que por cerca de veinte años se vienen negando a contemplar la posibilidad de destinar el dinero del antiguo impuesto municipal a la entrada a las salas de cine para la formación de un fondo a favor de nuestra cinematografía. Que no se debe afectar la tributación municipal, que contravendría los principios de recaudación única a nivel tributario o la inconveniencia de la existencia de fondos para financiar una actividad, fueron algunos de los argumentos más repetidos en toda esta época por el discurso neoliberal en boga, pero en el fondo todo depende de la voluntad política al más alto nivel que esperamos exista efectivamente en esta oportunidad. De esta manera el 50% de ese 10% de la entrada irá al fondo, sumándose al presupuesto de la 26370, y la otra mitad salomónicamente será descontado de la carga tributaria de las salas de cine. Ello permitirá contar con un estimado de cerca de 30 millones de soles  al año para financiar la producción de películas peruanas y otras actividades complementarias.

Aquí surge una primera observación, porque si bien se habla que entre las finalidades del fondo se contaría “la preservación del patrimonio audiovisual nacional” se omite sin embargo concretar la creación de una Cinemateca peruana para encargarse de esta acción, corriendo el grave riesgo de quedarse en las generalidades como sucede en la ley actual. Se dice que estaría en estudio la elaboración de una ley adicional sobre patrimonio audiovisual, lo que suena un poco a dejar las cosas en el limbo, más aún cuando en el propio texto se menciona que el Ministerio de Cultura constituirá “un archivo del audiovisual peruano”, que más allá de lo administrativo –que no requeriría estar en la ley-, se convertiría en una duplicación de funciones para la futura entidad, si es que en verdad quiere hacerse. Cabe reiterar que la función de una Cinemateca no se limita a la recuperación y conservación de nuestra memoria, debe también desarrollar la difusión cultural del cine peruano e internacional, la formación de público, la enseñanza audiovisual y el estudio e investigación de nuestra cinematografía, entre otros aspectos fundamentales.

Igual se puede decir respecto a la promoción fílmica (o “Film Commission”) que también se anuncia estar trabajando un texto legal pertinente, por lo que no se entiende para que se incluye un artículo para la promoción de la producción fílmica en el territorio nacional, insistiendo además en el error de reducirla al uso de locaciones, dejando de lado el fomento a la participación de los artistas, técnicos y equipos peruanos en las producciones internacionales que se realicen en el país.

Pero lo más preocupante es lo que se refiere al régimen de distribución y exhibición cinematográfica nacional. Porque si hubo una queja reiterada de la gran mayoría de cineastas en todos estos años fue por los problemas de exhibición, el trato de los dueños de las salas, las presiones de los distribuidores hollywoodenses, y sus mil y un padecimientos por la vulnerabilidad frente a su omnímodo poder económico. Ante ello se insiste en no tocar al negocio cinematográfico y mantener casi el mismo esquema de la ley actual, incluso con un régimen supletorio con participación de INDECOPI que en la práctica nunca se ha aplicado. Se dice que se garantizaría un tiempo mínimo de mantenimiento de una semana, pero eso es malinterpretar el concepto que se aplica a la duración de la película en cartelera más allá de su semana de estreno, y que no pueda ser retirada si logra cubrir un porcentaje mínimo de la taquilla en las salas durante el fin de semana (lo que antes se conocía como el “hold over”), lo que suele ser muy frecuente cuando hay algún “blockbuster” gringo programado.

¿Y la cuota de pantalla? En principio nada, salvo lo señalado de forma críptica en una disposición complementaria: “Las cuotas de exhibición de obras cinematográficas en salas de exhibición, amparadas por los acuerdos o tratados bilaterales o multilaterales suscritos por el Perú, podrán ser aprobadas mediante decreto supremo, teniendo en cuenta los criterios establecidos en dichos acuerdos o tratados.” En otras palabras, que para poder fijar cuotas de exhibición deberán figurar en acuerdos internacionales, y suscrito nada menos que por el Presidente de la República, como si se tratara casi de un tema de seguridad nacional. ¿Y el TLC con Estados Unidos, que permite adoptar o mantener hasta un veinte por ciento de las obras cinematográficas peruanas en cines o salas de exhibición, se considerará como acuerdo internacional valido para estos efectos?

Sorprende de otro lado, que frente a esta situación no se haya considerado también estimular con
los recursos del fondo la exhibición alternativa, con salas y circuitos de exhibición, sean privados o públicos, que permitan la difusión del cine nacional, y una mejora de la cartelera comercial En especial en las regiones, donde la situación es tan o más dramática que la vivida en la capital. El artículo sobre el fomento a las salas de arte y ensayo, cine clubs o cinematecas parece solo un saludo a la bandera en la medida que no precisa que rol que cumplirían frente al cine peruano además de la cultura en general. Otra importante omisión del texto es a los festivales, muestras y otros eventos cinematográficos, que no se explica porque son excluidos del fondo. En cuanto a las otras plataformas de exhibición, como televisión y entorno digital, es muy vago y poco preciso, pudiendo convertirse el Ministerio, y no solo desde IRTP, en un destacado elemento impulsor para la producción nacional y cultural en estos espacios.

Finalmente, y en otro punto, es lamentable que en todo el texto no se hable nada de los derechos de los trabajadores y artistas cinematográficos, como si no existieran o fueran irrelevantes. De hecho, los porcentajes establecidos sobre su participación en las producciones nacionales desaparecieron por el vago término de “mayoritariamente” que puede ser interpretado a su criterio por los funcionarios de turno. Y no se hace ninguna mención al régimen laboral y las responsabilidades de las empresas productoras. ¿O será que todavía seguimos con el “sacrificarse” por el cine nacional para los de abajo?

En suma, si bien la ley puede ser vista como un avance frente a lo existente, sin duda que es muy poco y débil para convocar expectativas de un cambio importante. Es cierto que todavía falta camino por recorrer antes de su aprobación, y en el mismo muchas cosas pueden modificarse. Y que como suele decirse, lo perfecto es enemigo de lo bueno. Pero lo que más preocupa es que los problemas centrales del cine peruano sigan sin ser atendidos, y otra oportunidad se vuelva a desperdiciar con este esfuerzo porque no se quiso arriesgar más allá,de lo evidente.    

1 comentario:

  1. Porque el estado usa impuestos publicos para financiar las peliculas peruanas?

    Ayuda uu

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